Publican Decreto de Ley del servicio de agua, municipios ofrecerán el servicio

En 60 días, municipios ya deben tener comisiones municipales de servicios públicos

Por: Adán Mondragón

BAJA CALIFORNIA A 29 DE JULIO DE 2021.- El Poder Legislativo publicó en el Periódico Oficial del Estado el Decreto 289  en el que se aprueban varias reformas a la Ley que reglamenta el servicio de agua potable y transfiere a los municipios, las comisiones del agua.

Ahora los Ayuntamientos de Mexicali, Tecate, Ensenada y Tijuana, tienen un plazo de sesenta días naturales a partir de la entrada en vigor, para crear los organismos paramunicipales que serán los encargados de prestar los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de aguas residuales.

El Ejecutivo del Estado en conjunto con la Comisión Estatal de Servicios Públicos que corresponda, transferirá todos los recursos financieros, materiales y humanos al organismo paramunicipal.

Los adeudos generados y el patrimonio a favor de los organismos públicos denominados Comisiones Estatales de Servicios Públicos de Mexicali, Ensenada, Tecate y Tijuana, se transferirá a favor de los organismos paramunicipales.

Dentro de los 30 días naturales siguientes, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, se instalará la Comisión especial integrada por la secretaría general de gobierno, la secretaría de hacienda y la secretaría de manejo, saneamiento, y protección del agua, así como representantes de las comisiones y municipios para dar seguimiento y consolidar la transferencia.

En los casos de Playas de Rosarito, San Quintín y San Felipe, contarán con un año para crear su organismo paramunicipal.