Cambia Bonilla “reglas” de entrega-recepción a gobernadora electa

El morenista entregará informe detallado del primer semestre, cuando la ley lo obliga a transparentar información hasta el último día de gestión 

Por: Adán Mondragón

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA A 24 DE AGOSTO DE 2021.- A cinco días de haber iniciado la etapa de transición en el Poder Ejecutivo, el gobierno de Jaime Bonilla Valdez publicó un “manual” en el que encarga a la Secretaría de Honestidad y Función Pública (SHFP), normar e interpretar la Ley de Entrega y Recepción.

En el documento expuesto en un número especial del Periódico Oficial del Estado, se hacen modificaciones respecto a la información que el gobierno saliente, en este caso el de Jaime Bonilla, tiene que entregar a la administración entrante.

El documento (un manual con 12 artículos) fue firmado por la titular de la Secretaría de la Honestidad y la Función Pública (SHFP), Vicenta Espinosa Martínez el 20 de agosto del 2021 y publicado en el POE el 23 de agosto del 2021.

Sin embargo, la entrega recepción comenzó el 18 de agosto del 2021 con el oficio OTBC/007/2021 que el equipo de transición de la gobernadora electa Marina del Pilar Ávila Olmeda, envió al Ejecutivo en funciones con los nombres de los enlaces para la entrega – recepción.

La fracción V del Artículo 4 del “reglamento” establece: El contenido de la información que deberá entregarse… de conformidad con el artículo 13 de la Ley; se realizará mediante la entrega de información oficial contenida en el informe de avance de gestión financiera correspondiente al segundo trimestre del ejercicio fiscal en curso… y presentado ante el Congreso del Estado…

Sin embargo, el artículo 11 de la Ley de entrega y recepción vigente en el estado, en sus fracciones: I.- El informe por escrito de la gestión del servidor público saliente; II.- Detalle pormenorizado sobre la situación de los recursos materiales, financieros, y humanos; así como los bienes muebles e inmuebles a su cargo, debidamente actualizados a la fecha de la entrega.

Es decir, lo que se plantea en el reglamento publicado por el Ejecutivo estatal es brindar información del primer semestre del 2021, por lo que no se informaría a detalle de lo acontecido entre julio y octubre del año en curso.

De manera textual, el “reglamento” establece en la misma fracción V del artículo 4 : En el de requerir información diversa a la prevista en los artículos 11 y 13 de la Ley, que por circunstancias especiales resulte de importancia para la correcta marcha de la administración y sea de interés público, deberá de exponerse la solicitud y justificación de la misma…

Incluso, ampliaron el plazo para la aclaración en caso de que se detecten irregularidades por parte de las autoridades entrantes.