Aborto se castigará en BC si es después de las 12 semanas de gestación

Por Adán Mondragón

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 21 DE SEPTIEMBRE DE 2021.- Los integrantes de la XXIV Legislatura de Baja California, ya analizan la iniciativa para legalizar y regular la interrupción del embarazo en el Estado.

La propuesta fue enviada a la mesa directiva que preside el diputado Juan Manuel Molina por la legisladora Liliana Michel Sánchez Allende, ambos de MORENA.

El documento enviado el 20 de septiembre, pretende reformar los artículos 7, primer párrafo de la Constitución Política de Baja California, 133 y 136 del Código Penal del estado, 30 y 33 de la Ley de Víctimas en el Estado; y adiciona los artículos 50 nonies, 50 decies, 50 undecies y 50 duodecies de la Ley de salud pública del estado.

Por tanto, se elimina del texto constitucional, la parte en el que se reconoce la vida de un individuo desde el momento en que es concebido.

Se mantiene la sanción carcelaría, para la mujer o persona gestante que después de las doce primeras semanas de embarazo, se le impondrá de tres a seis años de prisión, o de cincuenta a cien días de trabajo en favor de la comunidad, igual pena se aplicará al que haga abortar a la mujer o persona gestante con consentimiento de esta.

El aborto no se perseguirá cuando el embarazo es resultado de una violación, o de una inseminación artificial practicada en contra de la voluntad de la embarazada.

Tampoco cuando de no practicarse el aborto, la mujer o persona gestante corra peligro de muerte, para lo cual será necesaria la opinión de un profesional de la salud.

Por libre decisión de la mujer dentro de las primeras doce semanas del embarazo, cuando el producto presenta alguna malformación congénita grave o mortal mediante dictamen técnico.

En la modificación a la ley de salud pública, se establece que las instituciones públicas de salud deberán proceder a la interrupción del embarazo en forma gratuita y en condiciones de calidad, privacidad, trato digno, confidencialidad.

Se deberá ofrecer apoyo médico a la mujer. Las instituciones de salud atenderán las solicitudes de interrupción del embarazo en un término no mayor a cinco días, contados a partir de que sea presentada la salud.

Cabe mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recientemente declaró la invalidez de la penalización del aborto.