Invalida SCJN parte de la Ley de Ingresos de BC
El Pleno consideró que los preceptos violan el principio tributario de legalidad
Por: Adán Mondragón
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA A 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó parte de la Ley de Ingresos de Baja California para el ejercicio fiscal 2021 y exhortó al Congreso bajacaliforniano a que se abstenga de incurrir en el mismo vicio de inconstitucionalidad.
Los artículos que se invalidaron son el 12, fracción XVI y 14, fracción X de la Ley de Ingresos del Estado, en el que se establecían derechos tributarios por “otros servicios” que el Registro Público de la Propiedad y el Comercio presta.
La resolución de los integrantes del Pleno de invalidar se debe a que consideraron que dichos preceptos vulneraban el principio tributario de legalidad, al permitir que sea la citada autoridad administrativa quien determine los elementos cuantitativos de la citada contribución.
Asimismo, la SCJN decidió que esas disposiciones también transgredían el derecho fundamental a la seguridad jurídica, ya que los contribuyentes no sabrían a qué atenderse al desconocer cuáles son los conceptos que integrarían el costo y, por ende, las cuotas que se cobrarían por los “otros servicios”.
La Acción de inconstitucionalidad 20/2021, fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California, para el ejercicio fiscal de 2021, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad de 28 de diciembre de 2020.