Por: Octavio Fabela Ballinas
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA A 21 DE ENERO DE 2022.- El aplicarse la vacuna contra el Covid-19 no es un requisito obligatorio en los centros de trabajo, por lo tanto, los patrones no deben condicionar a sus empleados para que lo hagan afirmó el abogado laboral, Alejandro Pedrín.
En entrevista explicó que la vacuna legalmente está autorizada solo como un fármaco de emergencia, por lo que no es obligatoria.
“Nadie puede condicionar el trabajo por no tenerla”, como si se hace por ejemplo con otras vacunas que se solicitan con la cartilla de vacunación.
Los patrones deben ser más cautelosos la recomendación que les haría es llevar un control de sus trabajadores, saber quiénes sí y quienes no se han vacunado y cuáles son sus argumentos, además de ser solo promotores de la vacunación y mantener su estación de trabajo saludables.
En otro asunto, señaló que ante los permisos por incapacidad que está otorgando el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), los patrones respeten las incapacidades incluso sí se cumple el tiempo y el trabajador no llega a trabajar, porque puede ser que el Covid-19 se haya agravado y que los trabajadores sean responsables y no finjan una enfermedad, porque puede ser motivo de despido.