Por Octavio Fabela Ballinas
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA A 22 DE MARZO DE 2022.- En un comunicado la Comunidad Cultural de Tijuana LGBTI, A.C. (COCUT), expuso su solidaridad con los alumnos de la Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas y exhortó a escuelas y otras instituciones para que adecuen sus reglamentos internos a fin de que se permita el uso de prendas sin importar la orientación sexual, identidad o expresión de género.
En el documento que circuló en las redes sociales de COCUT hacen referencia a el Protocolo para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Seguridad Escolar publicado en 2021 en el que se señala que no deben existir limitantes para la expresión de los alumnos en los centros escolares.
El documento íntegro es el siguiente:
La Comunidad Cultural de Tijuana LGBTI, A.C. (COCUT), nos unimos al exhorto de estudiantes de la Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas (PFLC) en el municipio Tijuana, que se manifestaron el pasado viernes 18 de marzo del presente año con motivo de la modificación de su reglamento escolar para que se permita el uso de falda en personas que deseen utilizarla, independientemente de su orientación sexual, identidad y/o expresión de género.
Invitamos a las autoridades educativas, no solo de esta unidad académica, sino a todas independientemente del nivel educativo, así como del sector público y privado; a realizar modificaciones puntuales y prontas con base en “El Protocolo para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Seguridad Escolar” publicado el 2021 en Baja California; generando así espacios inclusivos que potencien el Desarrollo Libre de la Personalidad y protejan con base en los Derechos Humanos y el Artículo 1ro de la Constitución Mexicana.
El Protocolo para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Seguridad Escolar dice lo siguiente con respecto a los reglamentos: (https://sepm.tijuana.gob.m/RCS/ProtocoloProteccionNA.pdf)
“Los Reglamentos Escolares bajo ninguna circunstanciase encuentran por encima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que no podrán establecerse normas, pautas o criterios que contravengan a lo establecido por esta o por los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por México.
A manera de ejemplo, no se deberán establecer prohibiciones en torno a:
• Uso de corte, peinado o largo de cabello específico.
• Uso de esmalte de uñas o cosméticos con independencia del género del alumno.
• Acudir a la escuela vistiendo conforme a su identidad de género auto percibida.
• Expresiones de afecto entre alumnas y/o alumnos que no dañen su integridad.
• Acudir con tatuajes o perforaciones.
• Uso de uniforme según el género; las alumnas y alumnos podrán elegir libremente su uniforme escolar, ya sea falda o pantalón, sin distinción de género, desigualdad o estereotipos, con independencia de la época del año.