Plantean ‘Menstruación Digna’ en BC
-80 por ciento de mujeres entrevistadas por UNICEF han declarado que dejan de asistir a la escuela o el trabajo a consecuencia de los dolores que le produce esta condición de mujer.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA A 9 DE JUNIO DE 2022.- Organizaciones y legisladores de Baja California plantean la ‘Menstruación Digna’ en el Estado y presentan la iniciativa ante medios de comunicación.
Los esfuerzos se centran en adolescentes y niñas que están muy desprotegidas en la escuela, el empleo y hasta la administración pública.
En el documento los diputados locales detallan que el objetivo es modificar la Ley de Educación en el Estado de Baja California, la Ley de Salud Pública, la Ley del Sistema Penitenciario, la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, la Ley de Instituciones de Asistencia Social Privada para Niñas, Niños y Adolescentes así como la Ley de Asistencia Social para el Estado de Baja California y para abarcar las obligaciones del Estado la Ley de Servicio Social Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, para que contemplen el proceso biológico de la menstruación, como un exceptuando de trabajos o puntualidad y asistencia en la escuela o en el trabajo, derivado de este proceso de la mujer, al que no se le había puesto importancia.

Anteriormente ya habían presentado un punto de acuerdo en este sentido con el fin de sumarse a la “gran cruzada en favor de la mujer y su dignidad”.
La propuesta tiene el alcance específico de modificar los artículos 6 fracción III,50,73 y CX 104 de la Ley de Educación del Estado de Baja California; así como los diversos artículos 4, fracción XXXI, 19 fracción VI y XI, 68 y la adición de capítulo noveno sección VI denominado del Programa de Educación Menstrual de la Ley de Salud Pública del Estado de Baja california; así como los numerales 5, fracción VIII y adición del segundo párrafo al artículo 21 de la Ley que Crea la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario de Baja California; y el artículo 41 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; artículo 18 de la Ley de Instituciones de Asistencia Social Privada para Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Baja California; artículo 4 de la Ley de Asistencia Social para el Estado de Baja California; y artículo 29 de la Ley de Servicio Social Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California.