Por: Redacción E32
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 20 DE FEBRERO DE 2023.- Ninguna autoridad puede ingresar a un domicilio fiscal si no existe una orden de verificación, en caso contrario comete un delito que amerita hasta seis años de prisión, informó el abogado fiscalista, Adolfo Solís Farías.
En la orden debe estar perfectamente escrito el nombre de la persona buscada y el domicilio, sin errores para que proceda, de lo contrario, aclaró que existirá un delito por el acto de molestia por parte de las autoridades.
El experto explicó que se establece en el Código Fiscal de la Federación (CFF) que si la autoridad ingresa a un domicilio sin una orden de verificación, o utiliza una que no corresponda, es un delito cuya pena es la prisión.
Llamó a la población a estar atenta sobre quién es la persona que llega a su domicilio y cómo se identifica, para posteriormente informar a las autoridades en caso de ser necesario. Los actos pueden ser denunciados ante la Fiscalía General de la República (FGR).