Por: Korina Sánchez S.
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA A 26 DE JUNIO DE 2023.- La cadena que participa en el sector inmobiliario está obligada a cumplir con la Norma 247, la cual evita la publicidad engañosa al momento de vender un inmueble para uso de casa-habitación.
Se trata de la NOM-247-SE-2021, que habla de los “Requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados”.
La norma está dedicada a quienes brindan información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados fue publicada el 22 de marzo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Todos los proveedores que sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación tienen que cumplir la NOM-247, que desde el 18 de septiembre de 2022 es exigible y Profeco verifica su cumplimiento.
La presidenta de la Asociación de Profesionales Inmobiliarios de Tijuana (APIT), Paola Olascoaga Díaz, explicó que el objetivo es no ofrecer algo que es falso, porque muchas veces se muestra la casa y el mobiliario no está considerado, esa parte puede ser publicidad engañosa.
Las publicaciones sobre una vivienda amueblada, puede ser comprendida por el cliente como que cuenta con el mobiliario y en la publicación, debe estar específicamente lo que incluye la propiedad y lo que no.
La Secretaría de Economía (SE) llamó a evitar sanciones a quienes intervengan en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación deben acercarse a la Profeco para solicitar su trámite de registro de contrato de adhesión.