Por: RedacciónE32.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 23 DE FEBRERO DE 2024.- El Congreso del Estado aprobó modificar el tipo básico del delito de despojo, para incluir las amenazas y engaños, en el artículo correspondiente del Código Penal de Baja California.
La iniciativa fue promovida por el diputado Juan Diego Echavarría Ibarra, del Grupo Parlamentario del PAN, la cual primero fue analizada y dictaminada primero en la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales.
Dicha propuesta que plantea incorporar los conceptos de amenazas y el engaño en el tipo y punibilidad del delito de despojo, fue abordad en la más reciente sesión del Congreso.
En la exposición de motivos, el refirió que, de acuerdo con la estadística oficial, Baja California es uno de los Estados de la república con mayor incidencia en delitos de despojos.
Entre las modalidades más difundidas del despojo se halla la invasión de predios, la cual puede incluir la modalidad de violencia, ya sea física o por amenazas.
Tras la aprobación de la reforma, la ley quedó de la siguiente forma:
Artículo 226.- Tipo y punibilidad. – Se aplicará de uno a seis años de prisión y hasta doscientos días multa:
I.- Al que de propia autoridad y haciendo uso de violencia o furtivamente, o empleando amenazas o engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca.