Por: RedacciónE32.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 08 DE MARZO DE 2024.- El Congreso de Baja California aprobó por unanimidad el dictamen de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, que tiene el objetivo de garantizar el principio de interés superior de la niñez y el cumplimiento de la obligación alimenticia, iniciativa conocida como Ley Sabina.
La intención de la iniciativa es responder a la grave situación que se enfrentan mujeres, personas gestantes, niñas, niños y adolescentes que se ven afectadas por la falta de la obligación de proporcionar alimentos y auxilio por parte de la persona responsable, por lo que busca ponderar el derecho que tienen las personas a recibir alimentos, específicamente las infancias.
En ese sentido se busca dar cumplimiento y armonizar la legislación conforme al Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias, el 8 de marzo de 2023, que crea el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
En la iniciativa destaca que serán sancionados quienes injustificadamente no proporcionen los alimentos a las personas con las que tengan deber legal, se impondrá prisión de dos a cinco años, la suspensión o privación de la patria potestad y demás derechos de familia.
Igualmente habrá una pena que será impuesta a las personas que no proporcionen atención geriátrica a las personas adultas mayores de sesenta años, a quien no proporcione los gastos de atención médica a la mujer embarazada o persona gestante, incluyendo el gasto del parto, con las que tengan ese deber legal.
En el caso de que no sean comprobables el salario o los ingresos del deudor alimentario, para efectos de cubrir los alimentos o la reparación del daño, se determinarán con base en la capacidad económica y nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en el último año. El Poder Judicial tendrá a su cargo la operación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Asimismo, en materia administrativa destaca que en todas las modalidades de solicitud de licencia o su revalidación se requerirá a la persona solicitante presentar su certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Además en materia civil se establece la obligación de la persona juzgadora informar a las autoridades migratorias para impedir que el deudor alimentario salga del país.