Entra en vigor reforma al Código Civil; menores podrán cambiar de género

Luego de la publicación de las modificación en el periódico oficial del estado.

Por: RedacciónE32.

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 29 DE JUNIO DE 2024.- Desde este 29 de junio ya entró en vigor la reforma al Código Civil del estado que permite a los menores de edad solicitar el cambio de género en su acta de nacimiento.

Luego de la aprobación en el Congreso local y su publicación (28 de junio) en el periódico oficial del estado, los menores que así lo soliciten podrán tener su nuevo documento de identificación.

La reforma aprobada en el legislativo local el 27 de junio, modificó los artículos 35, 132, 133 BIS, 134 BIS y creó el 134 TER.

De ahí que para el levantamiento de una acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género, de las personas menores de 18 años, el trámite será gratuito.

En la fracción segunda del artículo 134 TER se detalla:

El procedimiento deberá permitir a las y los menores, registrar cambiar, rectificar o adecuar su nombre y demás componentes de su identidad mediante la emisión de una acta nueva, sin verse obligados a detentar otra identidad que no representa su individualidad.

El procedimiento deberá efectuarse a través de sus tutores o bien de un representante legal y con la voluntad expresa de la persona menor de edad, establece la fracción cuarta del mismo artículo.

Asimismo, en la fracción séptima se aclara que el procedimiento deberá ser confidencial y los documentos de identidad que se emitan no deberán reflejar los cambios de la identidad de género.