Por: Isabel Mercado.
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 22 DE JULIO DE 2024.- Los derechos constitucionales a la seguridad social de un trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no expiran y, en caso de que se pretenda lo contrario, los empleados pueden demandar, informó el abogado fiscalista, Adolfo Solís Farías.
Aún cuando el trabajador no haya acudido antes de las 72 horas a llenar los requisitos para su incapacidad, temporal o permanente, no puede perder su indemnización al ser este un derecho constitucional, reiteró.
Es una falta irregular de la autoridad de seguridad social el no atender o no otorgar el beneficio de la indemnización a un empleado, si éste o la empresa no llenó en cierto término un formato, anotó.
“Por más que las autoridades del IMSS digan que pierden sus derechos a la indemnización o al riesgo de trabajo temporales y permanentes no es verdad. Las personas están en toda la posibilidad de reclamar legalmente el pago de las indemnizaciones”, señaló.
Por su parte, Iván Argote, socio de Práctica Legal en Grupo Farías, agregó que el no presentar los formatos de incapacidad o indemnización, no releva a la autoridad a retribuir al trabajador el beneficio de la indemnización por un riesgo de trabajo.
Eso sí, advirtió que el trabajador tiene que demandar al Instituto Mexicano del Seguro Social si no le quiere respetar este derecho.
“Tiene que demandar por esta falta de no prestarle este servicio, pero sobre todo por su intento de lavarse las manos de intentar relevar a la autoridad de tener que dar esa prestación constitucional”, expuso.
Los trabajadores pueden acudir ante el Instituto de Defensoría Pública Federal (IFDP) de Baja California, a presentar una demanda contra el IMSS, la cual tienen todas las posibilidades de ganar, aseguró.
En Tijuana, las oficinas del IFDP se ubican en Zona Río, por Paseo de Los Héroes y Misión de San Diego.