Avalan en lo general reforma Constitucional en materia de Guardia Nacional

Es la militarización del país, acusa la oposición.

Por: Adán Mondragón.

CIUDAD DE MÉXICO, A 19 DE SEPTIEMBRE DE 2024.- Con 362 votos a favor, 133 votos en contra y cero abstenciones, se aprobó en lo general el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución en materia de Guardia Nacional.

Luego de más de seis horas de posicionamientos a favor y en contra, los diputados de MORENA, PT y PVEM obtuvieron la mayoría calificada para aprobar el dictamen propuesto por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

Los legisladores del PRI, MC y PAN, coincidieron en argumentar que la incorporación de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) es la militarización del país.

Para los diputados de MORENA y aliados, la incorporación de la GN a la SEDENA, es para consolidar una institución que garantice la seguridad de los mexicanos y no se convierta en una corporación corrupta como lo fue la extinta policía federal.

Luego de la aprobación en lo general del dictamen enviado por el presidente López Obrador en febrero del 2024, comenzó la discusión en lo particular en donde los legisladores presentan sus reservas.

Reforma a la Constitución en materia de Guardia Nacional

La reforma planteada por el presidente estable que federación “contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar y marino con formación policial, dependiente de la Secretaría del ramo de Defensa Nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.

También, en el dictamen se menciona que el personal militar y naval que integra la Guardia Nacional será reclasificado de la Fuerza Armada a la que pertenezca a dicha Guardia Nacional; la nueva patente o nombramiento se expedirá con la antigüedad que posea el interesado en su grado, conforme a la escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea, adicionando su nueva especialidad. Deben respetarse en todo momento los derechos que posea el interesado en la Fuerza Armada de su origen.

Se añade que la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, que debe ostentar el grado de general de División de la Guardia Nacional en activo, será designada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la Sedena.

Incluye que en tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con la mencionada jerarquía, dicha designación recaerá en un general de División del Ejército, capacitado en materia de seguridad pública.

Además, el Ejecutivo Federal dispondrá lo conducente para que el personal procedente de la extinta Policía Federal cese de prestar sus servicios en la Guardia Nacional y quede adscrito a la Secretaría del ramo de Seguridad Pública, conservando sus derechos laborales adquiridos.

También que el personal que pertenezca a los organismos especializados podrá continuar prestando sus servicios en la Guardia Nacional de manera temporal conforme a los convenios de colaboración que para tal efecto se formalicen entre las secretarías de la Defensa Nacional y de Seguridad y Protección Ciudadana.

Y se transferirán a la Sedena los recursos presupuestarios y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales de la última plantilla general de plazas aprobada a la extinta Policía Federal y de confianza, así como los gastos de operación de la Guardia Nacional y los recursos materiales destinados a su operación, con excepción de aquellos requeridos para el personal que continuará bajo la adscripción de la Secretaría del ramo de Seguridad Pública.