Por: Adán Mondragón
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 22 DE DICIEMBRE DE 2024.- Con la publicación de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se confirma que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estará integrada por nueve ministros (no once como hasta ahora) luego de la elección de jueces y magistrados en junio del 2025.
Al respecto, Adolfo Solís Farías, abogado fiscalista aseguró que el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial es el que tiene todas las facultades para poder remover jueces y magistrados.
“Hay una regla que se puso en la Constitución, de que ningún procedimiento puede durar más de seis meses en ninguna instancia en materia tributaria”, resaltó el abogado fiscalista.
Refirió que en caso de que se presenten demandas, contestación de demandas, ampliación de demandas, contestación a la ampliación, recursos de inconformidad, desechamientos de prueba, periciales, es prácticamente imposible que este proceso dure seis meses.
“Pero se le da poder al Tribunal de Disciplina Judicial para que este pueda hacer la remoción de jueces y magistrados… En pocas palabras la nueva Ley de Orgánica contiene potestades omnímodas para el propio tribunal pues tendrá el control de jueces y magistrados para que cumplan las decisiones a la buena o a la mala”, sentenció.
En la Ley Orgánica que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en la edición vespertina del 20 de diciembre del 2024, se establece que la presidencia de la SCJN se renovará cada dos años.
También, “en los casos en que se investigue o procese a alguna persona por algún delito establecido en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, el órgano de administración judicial podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y de forma excepcional resguardar la identidad de las personas juzgadora”.
Con la entrada en vigor del decreto, la Comisión de Transición será el ente encargado de auxiliar en sus funciones al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para implementar un plan de trabajo para la transferencia de los recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales a los distintos órganos y áreas del Poder Judicial Federal.