Por: Redacción E32
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, 04 DE MAYO DE 2025.- El Congreso del Estado de Baja California hizo un llamado a los 30 congresos estatales, así como al Congreso de la Unión, para presentar y aprobar la Ley Daryela o Ley de Capacitación en Materia de Género, de Prevención y Erradicación de la Violencia hacia las Mujeres. Esta legislación busca establecer la capacitación obligatoria en el tema para todas las personas servidoras públicas del país.
La propuesta fue impulsada por la diputada Liliana Michel Sánchez Allende, quien explicó que la ley lleva el nombre de Daryela, una joven víctima de feminicidio, cuyo caso evidenció fallas institucionales graves.
“El caso de Daryela nos recuerda que las instituciones y las leyes no son suficientes si las personas servidoras públicas no se encuentran capacitadas y sensibilizadas para ejecutarlas, es por eso que en Baja California creemos que la capacitación obligatoria en Materia de Género, de Prevención y Erradicación de la Violencia hacia las Mujeres es una necesidad real, tangible y urgente” señaló la legisladora.
Como antecedente, la diputada recordó que la iniciativa fue aprobada por el Pleno de la XXV Legislatura y publicada mediante el Decreto No. 39 en el Periódico Oficial del Estado el 7 de febrero de 2025.
El exhorto fue enviado también al diputado Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputaciones, y al senador Gerardo Fernández Noroña, presidente del Senado, para impulsar esta ley a nivel federal.
Durante la presentación, Sánchez Allende también advirtió que, a nivel nacional, “70% de las mujeres han experimentado al menos una situación de violencia psicológica, física, sexual, económica, patrimonial y/o discriminación a lo largo de la vida; mientras que, 42.8% han experimentado al menos una situación de violencia en los últimos 12 meses”.
Baja California se convirtió en el segundo estado del país en aprobar esta ley, después de Baja California Sur, cuyo precedente fue clave para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinara que los congresos estatales tienen competencia para legislar sobre obligaciones de servidoras y servidores públicos, siempre que no impliquen faltas graves, competencia reservada al Congreso de la Unión.