Aprueban reformas para fortalecer Ley de Violencia contra las Mujeres
Por: Redacción E32
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 17 DE DICIEMBRE DE 2025.- En una sesión ordinaria se aprobó el Dictamen 8 de la Comisión de Igualdad de Género, que incluye la modificación a los artículos 6, 44 y 44 Ter de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La propuesta, presentada por la diputada Evelyn Sánchez Sánchez, tiene como propósito central prevenir y atender la violencia de género desde una perspectiva integral.
Para resaltar la necesidad de fortalecer el marco jurídico estatal, la legisladora recordó que ONU Mujeres ha señalado que garantizar una vida libre de violencia implica asegurar que mujeres y niñas accedan a servicios multisectoriales de calidad, fundamentales para su seguridad, protección y recuperación, especialmente para quienes enfrentan múltiples formas de discriminación.
Como parte del decreto aprobado, la Secretaría de Cultura de Baja California deberá integrar la perspectiva de género en la creación y difusión de contenidos culturales y artísticos, con el fin de promover la igualdad y eliminar estereotipos que reproducen la violencia de género. Esto se realizará mediante talleres, exposiciones, festivales y producciones audiovisuales que impulsen una cultura basada en el respeto y la equidad.
En este sentido, Evelyn Sánchez subrayó que la cultura, entendida como un conjunto de valores, símbolos y narrativas colectivas, no solo refleja identidades y formas de pensamiento, sino que también tiene la capacidad de transformar de manera profunda las relaciones sociales, incluidas las de género.
Asimismo, se establece que el Instituto Estatal Electoral deberá poner en marcha mecanismos de prevención y atención para víctimas de violencia política en razón de género, lo que incluye la elaboración de protocolos de actuación y la asesoría jurídica necesaria durante los procesos de denuncia y sanción.
Finalmente, la reforma incorpora la omisión como una de las formas y modalidades de violencia física reconocidas por la Ley, lo que permitirá visibilizar un tipo de agresión frecuentemente normalizado y reforzar las acciones de prevención, protección, atención y reparación del daño.
La congresista de Morena destacó que esta reforma busca evitar que cualquier forma de violencia permanezca oculta, integrando la omisión como una modalidad de violencia física para asegurar mecanismos efectivos de protección y reparación para las víctimas.
Aprueban cambios sobre violencia simbólica y digital
Diputados aprobaron el dictamen 6 para fortalecer la denominación de violencia simbólica y para ampliar la definición de violencia digital en Baja California.
Dicho Dictamen fue aprobado por dieciocho votos a favor, cero en contra y cero abstenciones y contiene ambas enmiendas al artículo sexto de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la entidad.
El Dictamen No. 6 de la Comisión de Igualdad de Género, se refiere a las iniciativas de reforma impulsadas por las Diputadas María Yolanda Gaona Medina y Gloria Arcelia Miramontes Plantillas.
Según expuso Mayola Gaona, la violencia simbólica, constituye expresiones estigmatizadas y discriminatorias que no están amparadas por el derecho a la libertad de expresión, ya que reproducen estereotipos sociales que contribuyen a la naturalización equivocada de una narrativa discriminatoria, aduciendo que las mujeres no tienen derechos o son inferiores.
En el Estado se sigue tolerando y se ha extendido en contra de las mujeres en formas sutiles e imperceptibles, la cual se encuentra arraigada en nuestro sistema cultural y lo mas delicado, en la vida interna de los hogares mexicanos continúa siendo el cauce de la propagación de la violencia familiar y otros tipos de delitos en materia de violencia de género.
Por su parte, la Diputada Gloria Miramontes, mencionó que, en el año 2020 tras la entrada en vigor de la Ley Olimpia, a nivel nacional diversas entidades federativas incluida Baja California, incluyeron el concepto de violencia digital, reconociendo la necesidad de adaptar la legislación a los entornos virtuales.
Añadió que un estudio realizado por Deeptrace (2019) una empresa especializada en monitoreo IA, reveló que el 96 por ciento de los videos deepfake encontrados en línea, tenían contenido sexual explicito no consensuado y el 100 por ciento de las víctimas eran mujeres. Estas cifras lejos de reducirse han ido en aumento, conforme las herramientas para generar este tipo de contenido se han vuelto más accesibles al público.
Por tales motivos, se aprueba que el artículo 6 quede en su fracción Séptima, como sigue: Violencia Digital.- Es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, incluyendo aquellas basadas en Inteligencia Artificial Generativa, por la que se genere, elabore, edite, altere, exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta mensajes de texto, imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico o emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.
Así mismo, la fracción Décima Primera, queda de la siguiente manera: Violencia Simbólica. – Es la expresión, emisión o difusión de patrones estereotipados, mensajes, valores, iconos o signos, que transmiten y reproducen dominación, cosificación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad, siendo difícil de distinguir y percibir.
