Comunicador es vinculado a proceso por señalamientos de diputada Yohana Gilvaja

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Por: Héctor Barrera

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 28 DE AGOSTO DE 2025.- Tras una audiencia que duró casi siete horas, una jueza de Tijuana vinculó a proceso al comunicador Alejandro “N” por la presunta comisión de los delitos de violencia familiar en su modalidad psicológica y violencia política en razón de género cometidos en contra de la diputada local del Partido del Trabajo (PT), Yohana Sarahí Hinojosa Gilvaja.

Sin la presencia de la legisladora, ni de abogados que la representaran, la representación de la Fiscalía General del Estado presentó datos de prueba que fueron considerados por la jueza Esther López Ibáñez, quien sostuvo que sus decisiones se tomaron con perspectiva de género.

La juez también estableció medidas cautelares en las que ordenó al comunicador, ex pareja de la hoy legisladora, no visitar el domicilio, ni el lugar de trabajo o se mantenga cerca de la diputada, además de ir a firmar al juzgado una vez por mes.

Al dar lectura al expediente con causa penal 8792/2024, se advirtió que los hechos se remontan a febrero del 2024 cuando ambos colaboraban en el medio ‘Primer Sistema de Noticias’ (PSN) y, tras terminar una relación de cuatro meses, el hoy imputado presuntamente comenzó a realizar una serie de agresiones sistemáticas contra la denunciante; antes, durante y después del proceso en el que fue electa como legisladora.

En su declaración, la ahora diputada señala haber sido víctima de acoso, dichos y descalificativos que no solo le causaron daño psicológico, sino también afectaron su honorabilidad y reputación, además de violar sus derechos electorales.

Entre los hechos denunciados, señala a Alejandro “N” de haber acudido al domicilio de la diputada cuando sostenía una reunión de trabajo con un compañero de PSN y para intimidarla, portaba un bate entre las manos mientras la observaba con una sonrisa, aunque el suceso que no escaló a mayores.

Aunado a eso, lo acusa de presuntamente esparcir rumores y dichos peyorativos de carácter sexual que denostaban, denigraban y desacreditaban la carrera y aspiraciones políticas de la legisladora, junto a expresiones como la de que “es una persona no pensante”, “no sé cómo le dio para llegar ahí”, entre otras.

Tras la denuncia, presentada el 11 de noviembre del 2024, los agentes del ministerio público recabaron diferentes testimonios entre compañeros y personas cercanas a ambas partes, mismos que presentaron en el litigio, luego de solicitar a la juzgadora la prisión preventiva.

La defensa de Alejandro “N”, fue la primera en presentar sus argumentos, pidió la no vinculación a proceso, al indicar que aunque se trataban de posibles hechos delictivos, no se cumplían los requisitos para tal determinación.

Asimismo, manifestaron que representantes de PSN refirieron en entrevistas que la diputada, en aquel momento, no tenía relación laboral con dicho medio de comunicación, por lo que no daba a lugar, además, debido a que las supuestas ofensas y rumores difundidos por su defendido durante la campaña de Gilvaja, no pudieron ser establecidos en fechas y horarios en los testimonios, ni tampoco daba el tiempo como lo marca el proceso.

Durante su intervención, el abogado Oscar Ulises Cuayahuitl, cuestionó las intenciones de la funcionaria en contra de su defendido y advirtió que parecía hacer uso de su influencia política, no obstante, por ello recibió un apercibimiento de la Jueza de control, quien le enfatizó que ese tipo de expresiones, solo abonan a la revictimización, por tanto, pidió respeto y brindar únicamente argumentos probatorios.

Por parte de la parte acusadora se indica que dos agentes que participaron en la investigación consideraron que había elementos para acreditar los delitos, pues reunieron testimonios que concuerdan con la versión denunciada, por lo que se daba lugar la vinculación a proceso ya que la normativa establece que debe acreditarse la comisión de un ilícito más allá de toda duda razonable, por lo que la petición de los defensores para desechar la vinculación, no procedía.

La jueza de control manifestó que debía hacer una pausa para realizar la determinación, no sin antes preguntar si alguno de los presentes quería expresarse, por lo que Alejandro “N” pidió la palabra, pero la juzgadora le indicó sus derechos y le recordó que lo dicho podría ser usado en su contra.

No obstante, Alejandro “N”, que durante toda la audiencia mostraba un semblante triste, preocupado e incluso a ratos con lágrimas, rechazó las acusaciones y sostuvo que él siempre quiso evitar problemas, por lo que incluso dejó su trabajo, además de que es padre de familia y nunca ha mostrado comportamientos de esa naturaleza.

Tras una pausa de tres horas, la jueza coincidió en la mayoría de argumentos brindados por los agentes ministeriales y únicamente desechó lo referido por la parte denunciante sobre una supuesta campaña negra en Facebook que presuntamente fue hecha por el imputado durante el proceso electoral, al considerar que no había forma alguna de acreditar estos hechos, ni su alcance.

La jueza Esther Ibáñez aclaró a los presentes que esta se trataba de una etapa inicial, por lo que no era necesaria la aportación de pruebas contundentes como sí se requerirán en audiencias posteriores, por lo que a las 17:50 horas declaró la vinculación a proceso en las que dictó medidas cautelares para asegurar el cumplimiento de Alejandro “N”, además de que otorgó a la fiscalía, un plazo de tres meses para realizar las investigaciones complementarias, periodo que fenece el 27 de noviembre.

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