Congreso de BC aprueba revocación de mandato de gobernadores
La reforma fue aprobada por unanimidad de todas las fuerzas políticas.

Por: RedacciónE32.
MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A 14 DE AGOSTO DE 2025.- Con la unanimidad de todas las fuerzas políticas, el Congreso de Baja California aprobó la reforma de revocación de mandato para gobernadores en turno en el estado.
Dicha reforma se trata de una armonización a la ley federal, la cual se encuentra vigente desde hace seis años y no se había considerado en pasadas legislaturas locales.
Hasta antes de la votación de este jueves, la Ley únicamente permitía en Baja California la posibilidad de procesos de revocación para presidentes municipales y diputados.
Con la reforma se establece que el proceso podrá ser convocado por el Instituto Estatal Electoral (IEE), a petición de la ciudadanía, siempre que se reúna al menos el diez por ciento de firmas de la lista nominal de electores, distribuidas en la mitad más uno de los municipios del Estado. El Instituto contará con treinta días hábiles para verificar el cumplimiento de este requisito y emitir la convocatoria.
La solicitud de revocación solo podrá presentarse una vez por periodo constitucional, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de mandato.
Con respecto a la jornada de votación se realizará el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la convocatoria, mediante sufragio libre, directo y secreto, en fecha no coincidente con procesos electorales federales o locales.
Para que el proceso tenga validez, deberá participar al menos el cuarenta por ciento de las personas inscritas en el listado nominal, y la revocación procederá únicamente si la mayoría absoluta vota a favor.
El IEE será responsable de organizar, desarrollar y computar la votación, así como de emitir los resultados y, en su caso, la declaratoria de revocación. Las resoluciones podrán ser impugnadas ante el Tribunal de Justicia Electoral del Estado, conforme a lo dispuesto por la ley.
Durante el proceso, queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas o promoción del ejercicio. La difusión estará a cargo exclusivamente del Instituto, con fines informativos, de manera objetiva e imparcial. Asimismo, se suspenderá toda propaganda gubernamental estatal y municipal, salvo campañas relativas a servicios educativos, de salud o protección civil.
Finalmente, el Congreso del Estado será responsable de emitir la Ley Reglamentaria correspondiente, a fin de garantizar la operatividad y legalidad del nuevo mecanismo de participación ciudadana.
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