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Entra en vigor reforma por dolo eventual en accidentes viales fatales

Conductores que provoquen muertes por manejar ebrios enfrentarán cargos por homicidio y penas de hasta 15 años de prisión.

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA

Las modificaciones al Código Penal de Baja California para incorporar la figura de dolo eventual en hechos viales con resultado fatal entraron formalmente en vigor.

Dicha reforma tiene el objetivo de eliminar vacíos legales en la tipificación de conductas graves al volante.

Evelyn Sánchez, inicialista de la reforma, informó que el nuevo marco jurídico ya es aplicable tras concluir el proceso de publicación oficial, luego de recibir 20 votos a favor en el Congreso del Estado.

Explicó que la reforma establece que conducir en estado de ebriedad, a exceso de velocidad o utilizando el celular y causar la muerte de una persona será tipificado automáticamente como homicidio.

Precisó que las sanciones contemplan penas de entre 8 y 15 años de prisión.

Además, quienes enfrenten este tipo de acusaciones no tendrán derecho a fianza por tratarse de delitos graves.

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La legisladora indicó que anteriormente muchos de estos casos eran procesados como homicidio culposo.

Esa situación dejaba margen de interpretación y provocaba que presuntos responsables evadieran la justicia.

Añadió que la reforma también contempla agravantes cuando existan lesiones a menores de edad u otras conductas de riesgo.

Ello con la finalidad de fortalecer la certeza jurídica y endurecer las consecuencias para conductores responsables de hechos fatales.