Habrá incrementos en placas y licencias para 2026 en BC
Las nuevas tarifas entran en vigor el primero de enero.

Por: Adán Mondragón.
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 26 DE DICIEMBRE DE 2025.- En las oficinas de Recaudación de Rentas del Gobierno del Estado, los trámites relacionados a la expedición, reposición, canje y revalidación de licencias, tarjetas de circulación tendrán un incremento generalizado del 4%.
En la Ley de Ingresos del 2026 para el estado se detalla que a partir del primero de enero del 2026, el refrendo de la tarjeta de circulación para automóviles y camiones particulares tendrá un nuevo costo de mil 167.33 pesos.
El mismo costo tendrá el refrendo para los usuarios de motocicletas; por canje o refrendo extemporáneo, se pagará un adicional sobre el costo de expedición; hasta tres meses de vencimiento más 50 %, más de tres meses y hasta seis meses de vencimiento más 75 % y más de seis meses de su vencimiento el 100 % del costo adicional.
Por la expedición de placas para automóviles y camiones particulares el nuevo costo será de mil 905.62 pesos, mientras que por la expedición de placas para motocicleta será de 382.42 pesos.
Otro trámite también tuvo un incremento es la expedición de licencias de conducir por primera vez; el documento (licencia automovilista y motociclista) con vigencia de tres años tendrá un costo de mil 095.62 pesos.
La expedición de la licencia de automovilista y motociclista con vigencia de cinco años, tendrá un nuevo costo a partir del primero de enero del 2026, que será de mil 460.83 pesos.
En el caso de la revalidación de la licencia de conducir (automovilista y motociclista) cuya vigencia es por tres años, el nuevo costo será de 972.49 pesos; mientras que la revalidación para el documento (licencia de conducir automovilista y motociclista) con vigencia de cinco años, el nuevo costo será de mil 296.65 pesos. El trámite de reposición de la licencia de conducir también tuvo una actualización y su costo será de 837.34 pesos.
Cabe mencionar que los automovilistas con licencia cuya duración sea de carácter permanente, deberán acudir a las oficinas de recaudación cada cinco años a partir de la expedición inicial de la misma.
Lo anterior, con el objetivo de actualizar los datos y fotografías, sin que por ello se pierda la calidad de permanente y por cuyo trámite se deberá pagar lo correspondiente a reposición de licencia; el ciudadano con licencia permanente, gozará de un plazo máximo de tres meses siguientes al cumplimiento de los cinco años que se establece para su actualización correspondiente, de no realizarse el trámite la licencia perderá la vigencia permanente y dejará de tener vigencia, subraya la Ley de Ingresos 2026 para el estado.


