Tiro de Esquina: La responsabilidad patrimonial

Por: Octavio Fabela Ballinas

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 29 DE ENERO DE 2026.- Durante años se ha repetido una escena conocida: una calle en mal estado provoca un accidente, una obra pública daña una vivienda, una falla en el drenaje inunda una casa o un apagón ocasiona pérdidas materiales.

En todos los casos, el origen del daño es el mismo: una deficiencia en los servicios públicos que el Estado está obligado a garantizar.

Cuando llega el momento de asumir la responsabilidad, la respuesta institucional suele ser lenta, confusa y, en muchos casos, inexistente. Las víctimas no solo cargan con las pérdidas, también enfrentan un camino de trámites que termina por desalentarlas.

En la práctica, obtener una indemnización por daños derivados de una obra mal ejecutada, una vialidad deteriorada o una red pública defectuosa es casi imposible. Los procedimientos son largos, requieren asesoría legal y exigen pruebas que no siempre están al alcance de la ciudadanía común.

A esto se suma un problema poco discutido: la falta de difusión de las leyes que, en teoría, deberían proteger a las personas afectadas. Muchos ciudadanos ni siquiera saben que existe la posibilidad de reclamar una reparación, y menos aún a qué instancia acudir o bajo qué condiciones.

Cuando el Estado falla, la carga se traslada. Es el ciudadano quien debe pagar reparaciones, tratamientos médicos o pérdidas patrimoniales, aun cuando el origen del daño sea una omisión o negligencia gubernamental claramente identificable.

Este modelo no solo es injusto, también refuerza la desconfianza hacia las instituciones. Si la autoridad no responde cuando causa un daño, el mensaje es claro: el costo del error público siempre lo paga el particular.

En otros países, la responsabilidad del Estado es más directa. Existen mecanismos ágiles que permiten compensar a las víctimas sin procesos judiciales prolongados, reconociendo que la prioridad debe ser reparar el daño y no proteger a la burocracia.

En México, y especialmente a nivel local, la responsabilidad patrimonial del Estado sigue siendo un concepto lejano. Aunque existen marcos legales, su aplicación es limitada y poco conocida, lo que los vuelve ineficaces en la vida cotidiana.

Simplificar los procesos de indemnización no debería verse como una concesión, sino como una obligación. Un Estado que presta servicios públicos debe responder de manera automática cuando estos fallan y generan afectaciones comprobables.

Asumir esta responsabilidad también tendría un efecto preventivo. La posibilidad real de indemnizar daños obligaría a mejorar la planeación, supervisión y mantenimiento de la infraestructura pública.

Mientras la reparación del daño siga siendo un laberinto legal, la impunidad administrativa continuará intacta. Un Estado responsable no es el que promete, sino el que responde sin excusas cuando sus errores afectan la vida de las personas.