Sienta precedente SCJN al declarar invalidez de ampliación de periodos

Por Adán Mondragón

TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 16 DE NOVIEMBRE DE 2021.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de la ampliación del periodo del presidente de la Suprema Corte y los Consejeros de la Judicatura.

Dicha ampliación, fue propuesta por el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, a través del artículo décimo tercero transitorio del Decreto de reformas de 7 de junio de 2021 en materia de justicia federal.

Este transitorio ampliaba por dos años el periodo del presidente actual de la Suprema Corte (ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea), cuyo periodo concluye el 31 de diciembre del 2022.

Al respecto, el abogado Adolfo Solís Farías, sostuvo que con la declaratoria de invalidez, en esencia la Suprema Corte resuelve que no hay congruencia constitucional en la ampliación del plazo.

“Esto naturalmente deja un precedente, en el sentido de que simplemente no se va a poder manipular la norma para ampliar los plazos”, acotó.

Agregó que en particular si él (López Obrador) algún día quisiera quedarse o duplicar su periodo para un encargo, mayor al que le fue conferido por la Constitución ya no podría, con esta decisión de la Suprema Corte.