Por: Octavio Fabela
TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, A 23 DE AGOSTO DE 2022.- Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya emitió los lineamientos para reclamar indemnización por daño moral, esa figura legal no ha sido explorada por los abogados litigantes, explicó el presidente del Colegio de Abogados de Tijuana, Hassan Martín Franco Ruiz, quien ejemplificó que las familias de las víctimas de homicidio o desaparición forzada podrían reclamar este tipo de daño por la vía civil.
En entrevista, explicó que el reclamo por daño moral es un modelo importado del derecho anglosajón, donde las demandas de este tipo contra gobiernos y empresas son comunes y algunas cobran notoriedad por el monto reclamado, por lo que, consideró que es útil en México ya que se tiene la idea de que aquí es el país del “no pasa nada”.
Detalló que la Corte ya se pronunció sobre los lineamientos que deben seguirse para reclamar la indemnización por daño moral, en este sentido, el monto dependerá de la capacidad económica de la entidad demandada.
Franco Ruiz citó el ejemplo de los familiares de víctimas de desaparición forzada quienes podrían iniciar un juicio de esta naturaleza, si pueden comprobar que el Estado no ha hecho lo necesario para encontrar a su familiar y eso les causó perjuicio.
Por último, precisó que existen otras figuras como la difamación que no son propiamente un daño moral, ya que se trata de reclamar indemnización por los daños que no son cuantificables económicamente, y por el que el juez determinará el monto que debe pagar ya sea una empresa o un orden de gobierno.