Buscan que delito de abuso sexual se persiga de oficio en BC

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Por: Redacciòn E32

MEXICALI, BAJA CALIFORNIA A 13 DE ENERO DE 2026.- El Congreso Local busca modificar y adicionar diversos artículos del Código Penal estatal con el objetivo de actualizar la definición del delito de abuso sexual, ampliar sus supuestos y aumentar las sanciones, en congruencia con los estándares constitucionales, tratados internacionales y recomendaciones de organismos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y perspectiva de género.

Así lo informó en un comunicado la diputada Liliana Michel Sánchez Allende, quien presentó una iniciativa de reforma al Código Penal de Baja California para armonizar los delitos sexuales con el modelo nacional.

Entre los principales cambios, se propone establecer una definición clara de consentimiento, precisando que este no puede presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física, ni cuando exista violencia, intimidación, engaño, abuso de poder, autoridad o situaciones de vulnerabilidad.

Asimismo, se amplía el concepto de acto sexual para incluir conductas sin contacto físico directo, como la exhibición forzada o la obligación de observar actos de naturaleza sexual.

La iniciativa también propone incrementar las penas de prisión y las multas por abuso sexual, así como incorporar medidas reeducativas obligatorias para las personas sentenciadas, con el fin de prevenir la reincidencia y promover un cambio cultural basado en la igualdad sustantiva y la erradicación de la violencia contra las mujeres.

De igual forma, se fortalecen las circunstancias agravantes del delito cuando exista una relación de confianza, parentesco, autoridad, dependencia económica o cuando el abuso sea cometido por personas servidoras públicas, ministras o ministros de culto, profesionistas, o se utilicen sustancias para anular la voluntad de la víctima, entre otros supuestos.

Un aspecto relevante de la propuesta es que el delito de abuso sexual sea perseguido de oficio, eliminando la necesidad de querella por parte de la víctima, así como el reconocimiento expreso de la reparación integral del daño, que incluirá atención psicológica especializada hasta la total recuperación de la persona afectada.

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